El Ayuntamiento advierte que está prohibida la colocación de antenas parabólicas en balcones y fachadas

26/01/2016
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El Ayuntamiento de Arrasate recuerda a los vecinos que las antenas parabólicas únicamente pueden ser instaladas en la cubierta de los edificios.

En los últimos tiempos han proliferado en Arrasate las antenas parabólicas colocadas en balcones y fachadas de los edificios. Ante lo anterior, el Municipio recuerda a los vecinos que dichas actuaciones vulneran lo dispuesto en la vigente normativa.

De conformidad a la normativa de telecomunicaciones y al plan general de ordenación urbana, las antenas parabólicas únicamente pueden ser colocadas en la cubierta de los edificios. A mayor abundamiento, solo se colocará una antena y esta dará servicio a toda la comunidad. Así está expresado en el Plan General:

Artículo 158  -  ANTENAS

Las antenas de televisión y demás elementos de captación y adaptación de las señales de radiodifusión sonora y televisión por satélite o terrestre se colocarán en la cubierta de la edificación o en otros elementos comunes de similares características

Esta será la única ubicación posible, tanto si se trata de nueva edificación como si se tratara de nuevas instalaciones en edificios ya existentes.

Sólo se admitirá la colocación de una antena comunitaria

 

Además de lo anterior, se recuerda que la colocación de antenas requiere de previa licencia municipal. En caso de colocación de antena sin licencia, ello será constitutivo de una infracción urbanística, y el Ayuntamiento incoará el correspondiente expediente sancionador al responsable de la actuación.

A la vista de todo lo anterior, el Ayuntamiento realiza un llamamiento a los vecinos para que soliciten licencia municipal con carácter previo a la instalación de antenas, y para que, asimismo, se abstengan de colocar antenas en balcones y ventanas.